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Volumen XII Nº2 33 |
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E.E.U.U., aprobó una declaración de La modalidad mayor concienciación de la sociedad
voluntades en vida, llamada la “Uni- sobre el deseo y necesidad de una
form Rights of the Terminally Act”, de documento muerte digna, es posible que aumen-
(Ley Uniforme de los Derechos de de voluntades te el desarrollo de una atención sani-
los Enfermos Terminales). anticipadas en taria; todavía si cabe, más humana. El
España no debe personal sanitario está cada vez más
Por último, en el año 1.991 se apro- confundirse con la formado y abierto en la asistencia al
bó la “Patient Self- Determination legislación aprobada paciente en esa última fase.
Act”, (Ley de la Auto-Determinación en el Benelux
del Paciente), pudiendo expresar “La atención de calidad al final de la
los pacientes su voluntad anticipa- vas de recuperación, a la vez que se vida se reconoce como una obliga-
damente, sobre el tratamiento y los manifiesta la pretensión de recibir ción ética de los profesionales de la
cuidados que desea o no recibir, en cuidados y tratamientos para paliar salud y de sus instituciones”.9
el caso que el otorgante no pudiera el dolor y los síntomas más cruentos.
expresarlos autónomamente.6 Nuestra sociedad ha proporciona-
El sujeto firmante de las indicacio- do sistemas para ayudar a las perso-
El término testamento vital es jurídi- nes debe nombrar un representante, nas sobre sus problemas de salud a
camente inadmisible. De hecho, ha para que; llegado el momento, ante lo largo del ciclo vital; pero la cues-
sido rechazado por el ordenamiento la imposibilidad de manifestar su tión sería saber, si se dispone de
español. Sin embargo, es el más ex- voluntad el representado, lo haga la los medios adecuados para aten-
tendido y, presumiblemente, el más persona designada previamente por der las necesidades del individuo
clarificador. él. Algunos autores piensan que pue- cuando llega el final de sus días.
de ser particularmente importante Los adultos muy mayores, necesitan
El término testamento vital es inade- cuando se prevé una disminución de mayor atención en el proceso de la
cuado en cuanto presupone en su la capacidad del sujeto para tomar muerte.10 Surge ante ésta razón, los
realización, como todo testamento, decisiones en un futuro próximo.8 cuidados paliativos que ineludible-
el fallecimiento del testador. Ahora mente deben formar parte integral
bien, la característica fundamental Para formalizar los documentos se de la atención sanitaria.11 La filoso-
del documento conocido como tes- puede hacer mediante los siguientes fía que subyace en la legislación al
tamento vital es que se refiere a ac- procedimientos: respecto, es la de proteger la au-
ciones que se deben tomar sobre el tonomía del enfermo, y su antece-
sujeto vivo.7 • Ante notario, sin necesidad de dente más próximo en este sentido
testigos. es la puesta en marcha del consen-
Régimen Jurídico en España sobre timiento informado o lo que es lo
la Voluntades Anticipadas • Ante tres testigos. mismo, tomar en cuenta la voluntad
• Ante el personal al servicio de del paciente antes de aplicar cual-
En el año 2002 en España, las Volun- quier tratamiento médico.12
tades Anticipadas pasaron a ser a la Administración (funcionario
nivel nacional materia regulada por del Registro Nacional de Instruc- En España para poder abordar estas
la ley, si bien anteriormente fue la ciones Previas). cuestiones sobre el consentimiento
Comunidad Catalana, la pionera en informado y las voluntades anticipa-
estos temas, al crear la Ley 21/2000 Los registros de voluntades anticipa- das de los enfermos, se creó la Ley
de 29 de diciembre, sobre los dere- das dependen de las Consejerías de básica reguladora de la autonomía
chos de información concerniente a Sanidad, en cada Comunidad Autó- del paciente y de derechos y obliga-
la salud y la autonomía del paciente, noma. Estos Registros están conec- ciones en materia de información y
y la documentación clínica. tados con el Registro Nacional de documentación clínica, Ley 41/2002
Instrucciones Previas para asegurar de fecha 14 de noviembre. En su
Los escritos de instrucciones previas la eficacia de las declaraciones en artículo 2.4, los pacientes tienen
recogen la declaración acerca de todo el territorio español. derecho a rechazar el tratamiento,
cómo el sujeto espera que se desa- quedando redactado del siguiente
rrolle el proceso de morir, y expresa Entre todos debemos dignificar las modo: “Todo paciente o usuario tie-
el deseo de que no se administren actuaciones sanitarias que acompa- ne derecho a negarse al tratamiento,
medidas de soporte vital como pue- ñan al paciente terminal. Con una excepto en los casos determinados
de ser la RCP (Recuperación Cardio en la Ley. Su negativa al tratamiento
Pulmonar) cuando no hay expectati- constará por escrito.”